martes, 15 de noviembre de 2016

Si solamente tuviéramos derechos…


Cuando hablamos de derechos nos referimos en términos generales al conjunto de reglas y normas para facilitar la convivencia social, en tanto que los deberes expresan un compromiso con algo o con alguien y se diferencian de las obligaciones las cuales vienen expresadas en las leyes, con la correspondiente pena o sanción cuando se incumplen.

Se puede afirmar que la existencia de los derechos depende en cierta medida de la existencia de los deberes, si no cumplimos los deberes es muy probable que no haya armonía en la sociedad, porque todo derecho lleva implícito un deber.
  
Hoy vamos a comentar los derechos y deberes que tenemos como padres o madres  respecto a la educación de nuestros hijos e hijas, según la normativa que regula la convivencia en ámbito educativo de la Comunidad Autónoma de Canarias (Dec. 114/2011).

Empezaremos por los derechos.